AFIP - FACTURA responsables inscriptos

LA AFIP DETERMINÓ QUE LOS RESPONSABLES INSCRIPTOS DEBERÁN EMITIR FACTURA "A" A LOS MONOTRIBUTISTAS

Esta normativa regirá a partir del 1 de julio de 2021.

Ya desarrollamos las modificaciones en nuestro software para que puedas facturar según las nuevas normativas.

Actualizá tu software con Procom

A partir del 1° de julio 2021 entran en vigencia las modificaciones al artículo 39 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, implementadas por la de la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes y reglamentadas por la Resolución General AFIP N.º 5003.

Los cambios previstos establecen que cuando los responsables inscriptos realicen ventas, locaciones o prestaciones de servicios a monotributistas, tendrán que documentarlas con comprobantes clase “A”; deberán discriminar el Impuesto al Valor Agregado correspondiente y adicionar la leyenda “El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618”.


Información obtenida de https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=228 

Solicitar información acerca de los productos de Procom